jueves, 28 de marzo de 2013

LA ACTITUD DE LOS SEPARADOS ANTE LAS CELEBRACIONES FAMILIARES


Artículo publicado en La Opinión de Tenerife el 28 de marzo de 2013



Aunque a los propios afectados les resulte difícil de asumir al principio, la tozuda realidad demuestra que la separación de una pareja no evita que el mundo siga girando y que las actividades habituales, tanto propias como ajenas, continúen llevándose a cabo. Las estadísticas indican que, de la misma manera que cada persona es un mundo, cada fracaso sentimental presenta unas características propias. Algunos acaban un mero abandono de domicilio. Otros, con un procedimiento de divorcio de mutuo acuerdo. Otros, por el contrario, requieren la vía contenciosa. En ocasiones, la custodia resultante es compartida. Otras veces, se otorga en exclusiva a uno de los progenitores.

Sea como fuere, es innegable que a lo largo de la nueva etapa que afrontan por separado tendrán que seguir compartiendo los momentos más especiales de la andadura vital de sus hijos. Eventos tales como festivales de fin de curso, graduaciones universitarias, cumpleaños o competiciones deportivas se sucederán en el futuro y, según cómo estén dispuestos a abordar su asistencia a los mismos, los efectos sobre los más pequeños de la casa resultarán beneficiosos o perjudiciales.

Por desgracia, y debido a mi experiencia profesional, conozco casos extremos en los que cualquier posibilidad de entendimiento no pasa de ser una utopía. Para el resto, sin embargo, mi tradicional optimismo me impide resignarme y me obliga a insistir en la importancia de una actitud adulta y positiva de los padres durante el transcurso de acontecimientos tan entrañables e irrepetibles. Todos hemos sido niños y hemos deseado compartir nuestras fechas más señaladas con ambas partes, tanto con la familia materna como con la paterna.

Llegados a este punto, me gustaría centrarme especialmente en el sacramento de la Primera Comunión. Coincidiendo con el inicio de cada nuevo año, en las parroquias de pueblos y ciudades se convoca a los padres de quienes comulgarán el mes de mayo a fin de concretar los detalles relativos a la futura ceremonia. Por regla general, tanto los párrocos como las personas encargadas de impartir la preceptiva catequesis infantil citan a los progenitores para comunicarles diversos contenidos de interés. Y lo cierto es que, en la actualidad, no son pocos los menores cuyos padres están separados o divorciados. Amparados éstos en sus respectivos regímenes de visitas, utilizan dicho acontecimiento como imperdonable excusa para incrementar los desencuentros existentes entre ellos. Los motivos para la discusión son infinitos y van desde la propia decisión de hacer o no la Comunión a la asistencia o inasistencia a la catequesis, desde la consideración de los gastos previstos como ordinarios o extraordinarios a la elección de la fecha o la confección de la lista de invitados. En definitiva, se trata de una oportunidad perdida irresponsablemente para que los chiquillos puedan disfrutar, lejos de la tensión y de la angustia, de un momento único de su vida.

Conviene resaltar que, en determinadas ocasiones especiales, no es preciso ostentar la condición de marido o mujer. Basta con tener disposición, desde el respeto, para compartir la alegría del hijo en común y permanecer en un discreto segundo plano. Por esa razón, y aunque cueste un sobreesfuerzo, se impone buscar alternativas y llegar a acuerdos en beneficio del menor. Transmitirle la idea de que la rabia y el rencor son sentimientos más poderosos que el amor es un riesgo que ningún adulto cabal debería estar nunca dispuesto a correr.


lunes, 25 de marzo de 2013

LOS RECORTES AFECTAN A LOS PUNTOS DE ENCUENTRO FAMILIAR


Artículo publicado en la revista de habla hispana "La Ruptura" el 27 de marzo de 2013
 
 
 

La actual crisis económica se manifiesta con dureza en la totalidad de los ámbitos de nuestra sociedad pero se torna más intolerable, si cabe, cuando afecta a determinadas prestaciones relacionadas con la sanidad y los servicios sociales. En este sentido, los puntos de encuentro familiar tampoco se han podido librar de los recortes impuestos por las diversas Administraciones, convirtiéndose en otra de sus múltiples víctimas.

 
Se trata de centros destinados a garantizar la seguridad de algunos menores inmersos en los procesos de divorcio de sus padres y su finalidad principal no es otra que lograr la normalización de los regímenes de visita hasta que desparezcan determinadas circunstancias personales desfavorables que motivaron la decisión de recurrir a esta alternativa de comunicación. Concebidos como herramientas de normalización de núcleos familiares  desestructurados, su funcionamiento corre a cargo de determinados profesionales que garantizan el apoyo psicológico necesario para el bienestar de los afectados mediante la puesta en práctica de una serie de técnicas de resolución de conflictos.

 
Sus destinatarios son miembros de familias con dificultades para relacionarse entre sí y progenitores no custodios que requieren de supervisión especializada durante los períodos de tiempo que comparten con sus hijos. También están dirigidos a menores en situación de acogimiento familiar y a niños cuyo progenitor custodio se niega a facilitarles la relación con su ex pareja. Antes de dar cumplimiento al régimen de visitas, existe en todos los casos una resolución judicial que avala la utilización de este servicio, de tal manera que se deben conocer con antelación las peculiaridades de cada caso concreto antes de decantarse por el protocolo de actuación que proceda.

 
La Comunidad Autónoma de Canarias contaba hasta hace bien poco tiempo con cuatro de estos centros pero, por desgracia, la tan traída y llevada crisis  amenaza con hacer desaparecer esta opción que, tan sólo en Tenerife, atiende a más de doscientas familias. Uno de ellos, el punto de encuentro de La Orotava, ya echó el cierre el pasado mes de enero porque la subvención necesaria para su sostenimiento no estaba contemplada en los presupuestos de la Consejería de Políticas Sociales. Queda saber cuál será el destino del Centro de la Familia de Santa Cruz, único superviviente de la isla capitalina y que también sufre en primera persona la reducción de su financiación, a pesar de haber gestionado numerosos expedientes desde 2005. Por lo pronto, tendrá que asumir a todas las familias orotavenses perjudicadas por el cierre de su centro y que ya engrosan unas listas de espera que probablemente se alargue por un plazo superior a seis meses.

 
En palabras de sus responsables, estamos asistiendo a la vulneración de derechos esenciales recogidos tanto en nuestra Constitución como en la Convención de las Naciones Unidas sobre Derechos del Niño, ya que, a la hora de relacionarse con sus padres, algunos menores tan sólo disponen para verles de estos puntos de encuentro, cuya regulación específica en Canarias, por cierto, brilla por su ausencia, siendo una de las pocas Comunidades Autónomas que adolece de ella.

 
Se impone una reflexión sobre dónde y cómo recortar determinados servicios esenciales. No vale todo. Porque ¿qué puede haber más esencial que no perder los vínculos paterno filiales?

 
 
 
 

jueves, 21 de marzo de 2013

DÍA MUNDIAL DE LA POESÍA





No es la primera vez que hago referencia en mi blog al Día Mundial de la Poesía, proclamado así en la Conferencia General de la UNESCO celebrada en 1999 en París y que un año más coincide con el comienzo de la primavera.

El principal objetivo de esta conmemoración es apoyar la poesía, promover su enseñanza, retornar a la tradición oral de los recitales, reestablecer el diálogo con otras manifestaciones artísticas como el teatro, la danza, la música y la pintura, apoyar a los pequeños editores y crear una imagen pública más atractiva para esta rama del arte.

Asimismo, pretende impulsar el sostenimiento de los diversos idiomas a través de la expresión poética y ofrecer a aquéllos que están amenazados la posibilidad de expresarse en sus comunidades respectivas.

Los artífices de esta iniciativa reflejaron por escrito la siguiente manifestación:


"La poesía contribuye a la diversidad creativa al cuestionar de manera siempre renovada la manera en que usamos las palabras y las cosas, nuestros modos de percibir e interpretar la realidad. Merced a sus asociaciones y metáforas, y a su gramática singular, el lenguaje poético constituye, pues, otra faceta posible del diálogo entre las culturas: diversidad en el diálogo, libre circulación de las ideas por medio de la palabra, creatividad e innovación. El Día Mundial de la Poesía es también una invitación a reflexionar sobre el poder del lenguaje y el florecimiento de las capacidades creadoras de cada persona".


En esta jornada tan digna de celebración, Ediciones Cátedra publica una “Poesía Inédita” del imprescindible autor Pedro Salinas, ciento cuarenta y dos poemas que abarcan desde tentativas juveniles a creaciones cercanas a su muerte y en los que aborda diversos aspectos como el amor, el dolor, la dicha, la enfermedad y la guerra. El texto supone una catarsis liberadora para el alma atribulada del escritor y ayudará sin duda al estudio de la poética de este destacado miembro de la Generación del 27, aunque lo mejor será poder analizar algunas de sus experiencias vitales más intensas -las dudas existenciales, la soledad, la incomunicación, la presencia de lo divino o la culpabilidad de vivir la Guerra Civil española desde la seguridad de su exilio americano-. 


Como pequeño homenaje a su figura, he escogido uno de mis poemas favoritos de Salinas:


No rechaces los sueños por ser sueños.
Todos los sueños pueden
ser realidad, si el sueño no se acaba.
La realidad es un sueño. Si soñamos
que la piedra es la piedra, eso es la piedra.
Lo que corre en los ríos no es un agua,
es un soñar, el agua, cristalino.
La realidad disfraza
su propio sueño, y dice:
”Yo soy el sol, los cielos, el amor.”
Pero nunca se va, nunca se pasa,
si fingimos creer que es más que un sueño.
Y vivimos soñándola. Soñar
es el modo que el alma
tiene para que nunca se le escape
lo que se escaparía si dejamos
de soñar que es verdad lo que no existe.
Sólo muere
un amor que ha dejado de soñarse
hecho materia y que se busca en tierra.




domingo, 17 de marzo de 2013

SOSPECHOSOS, IMPUTADOS, PROCESADOS Y CONDENADOS






¿Deben dimitir los políticos cuando resultan imputados por un hecho que han cometido? Esta cuestión ocupa en las últimas semanas el centro del debate mediático, coincidiendo con las declaraciones del ex Ministro de Fomento socialista José Blanco, salpicado por el escándalo del denominado “Caso Campeón”. El otrora mano derecha del anterior Presidente del Gobierno ha descartado abandonar su actual cargo hasta que el Juez encargado de esta causa no decrete la apertura del juicio oral.

Y es que en esta materia, como en tantas otras, no existe  un consenso generalizado. Juristas, sociólogos, politólogos, periodistas y altos cargos defienden opiniones contrapuestas sobre la actitud más conveniente a adoptar por parte de los políticos que se enfrentan a un proceso judicial.

A fin de clarificar someramente cada concepto diré que se entiende por sospechoso quien brinda fundamentos para hacer un mal juicio de su conducta, sus acciones o sus rasgos. El término, por lo tanto, comporta la connotación negativa de ser responsable de algo malo, no bueno. Por ejemplo, no se dice que un sujeto sea sospechoso de haber hecho una donación anónima.

En el ámbito jurídico, la imputación es el acto que implica la acusación formal de una persona por la realización de un concreto delito. A partir de ese momento, en su condición de sujeto procesal, le amparan ciertas garantías como la presunción de inocencia y la defensa en juicio.

En nuestro Derecho Penal, el imputado se convierte en procesado cuando el Juez de Instrucción -que es el encargado de investigar en un principio el presunto hecho delictivo-, una vez concluida su investigación, considera que existen pruebas suficientes para atribuirle a aquél la comisión de un delito, cediendo el testigo a otro Juez o Tribunal que será el encargado de continuar con el enjuiciamiento.

Por último, se entiende por condenado el ciudadano al que se le impone la pena asociada a un delito, tras haberse demostrado su culpabilidad en un juicio.

No son pocos los que consideran que en un Estado de Derecho es necesario dejar actuar a la Justicia, por lo que el hecho de estar imputado no debería suponer la dimisión automática, máxime cuando la mayoría de las causas judiciales que afectan a los políticos están impulsadas por sus adversarios con fines electorales.

Para algunos expertos, la dimisión es un tema estrictamente personal que depende de cada caso en función del tipo de delito, de la entidad de los indicios que se ponderan y del nivel de transparencia del implicado y del partido al que pertenece. En este sentido, no hay que olvidar que, ante una sentencia finalmente absolutoria, el perjuicio causado al afectado es prácticamente irreparable.

Sin embargo los juristas, por regla general, se muestran más tajantes y creen que cualquier cargo público debería dimitir ante una resolución judicial que le afecte. Un juez no imputa gratuitamente y, si lo ha hecho, será porque ha visto indicios de delito. Es verdad que la presunción de inocencia pesa por encima de todo pero no es menos cierto que un político debería abandonar su cargo, al menos temporalmente, para afrontar situaciones de este tipo.

Sea como fuere, la polémica está servida. Desgraciadamente, vivimos en un país en el que los casos de corrupción han experimentado un repunte brutal pero, por desgracia, la dimisión casi nunca ha sido la opción escogida por nuestros representantes populares, ya sean sospechosos, imputados, procesados o condenados. La opinión de los diversos sectores de la población no hace mella en ellos. Es irrelevante y no pasa de ser exclusivamente carne de tertulias radiofónicas y televisivas.

Así nos va.

martes, 12 de marzo de 2013

ACOSO LABORAL Y CRISIS ECONÓMICA: UNA PÉSIMA COMBINACIÓN


Artículo publicado en La Opinión de Tenerife el 12 de marzo de 2013

Artículo publicado en La Provincia (Diario de Las Palmas) el 15 de marzo de 2013




La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias acaba de emitir un fallo por el que condena a un exconcejal socialista del Ayuntamiento de Guía de Isora y a la supervisora de la guardería municipal a abonar solidariamente la cantidad de trece mil euros a la directora de dicho centro, a la que acosaron laboralmente. Más allá de la satisfacción personal y profesional que me produce la resolución de este hecho, la noticia me ha servido para calibrar que, hasta hace apenas unos años, la figura del mobbing era desconocida para el gran público. Los escasos afectados que se animaban a acudir a un despacho de abogados para denunciar su tragedia sólo hallaban un doble vacío doctrinal y jurisprudencial. Incluso desde el punto de vista psicológico y afectivo, la incomprensión social hacía mella en su ánimo y hasta los más allegados ponían en duda la veracidad de su versión. Como bien expresan los Magistrados autores de esta sentencia tras haber oído a los dos condenados afirmar que se trataba de un conflicto laboral común, algunas conductas aparentemente legales o no infractoras esconden actuaciones sutiles y, por tanto, de muy difícil prueba, dirigidas a hacer el vacío y provocar la desesperación o  el aburrimiento de la víctima para que ésta se autoexcluya de la organización.

El hecho cierto es que la brutal crisis económica que atravesamos ha resucitado con más fuerza que nunca una realidad que, a día de hoy, presenta un considerable repunte porcentual de víctimas. Para diferenciarlo de otras situaciones asimilables como el estrés laboral o el síndrome de burn-out, conviene clarificar que la característica más distintiva del mobbing es la violencia premeditada ejercida sobre el trabajador, mantenida en el tiempo y destinada a hacerle abandonar el puesto que ocupa. Consiste fundamentalmente en la puesta en práctica de una serie de comportamientos específicos dirigidos siempre a una persona en concreto, tales como el rechazo a reconocer su valía profesional, la inferioridad en el trato que se le dispensa, la sobrecarga o la ausencia de tareas a desempeñar, la modificación continua de objetivos o la apertura de procedimientos disciplinarios por la comisión de faltas de poca o nula importancia. Así, el elegido suele verse marginado del resto de sus compañeros, siendo objeto de críticas, burlas, humillaciones y hasta de violencia física, traducida en lanzamiento de objetos, portazos o malos modos. Incluso el período de vacaciones al que tiene derecho por ley suele ser motivo de controversia y, en ocasiones, de negación injustificada.

El perfil de estas auténticas dianas humanas reúne determinados rasgos definitorios que generan la envidia de sus acosadores, como el sentido de la ética, el alto nivel de empatía, el grado de sensibilidad o la probada competencia. A veces, se niegan a participar o a encubrir prácticas irregulares de sus superiores y con ello cavan su propia tumba. Atendiendo a su vulnerabilidad, las estadísticas avalan que se ataca con más frecuencia a los jóvenes que a los adultos, a los contratados que a los fijos y a las mujeres que a los hombres. Asimismo, cuanta menos posibilidad demuestren de enfrentarse a su infierno diario, más fortaleza sentirá su verdugo y el maltrato infligido les ocasionará graves problemas físicos y psíquicos. Sin ir más lejos, la demandante que, a la postre, ha ganado el pleito referido en estas líneas, llegó a padecer un cuadro ansioso depresivo que le impidió trabajar durante más de un año y que precisó de tratamiento médico.

Creo firmemente que si cualquier clase de acoso, sea sexual, escolar, laboral o de otra índole, repugna a las personas de bien, no se deben pasar por alto semejantes delitos sin denunciarlos, más aún en estos tiempos en los que quien tiene un empleo tiene un tesoro.








viernes, 8 de marzo de 2013

DE PROFESIÓN, SUS LABORES





Este 8 de marzo, Día de la Mujer Trabajadora, quiero rendir mi particular homenaje a todas las mujeres que dedicaron, dedican y dedicarán sus vidas al cuidado de sus casas y de sus familias, sin desempeñar ninguna profesión retribuida más allá de las cuatro paredes del hogar.

Hasta hace bien poco tiempo, en sus carnets de identidad figuraban las letras S/L (sus labores) para llenar el espacio destinado a la profesión, con la estigmatización que en ocasiones ello les suponía.

Es verdad que algunas lo hicieron por voluntad propia. Otras, sin embargo, se vieron obligadas por unas circunstancias socioculturales poco propicias. En cualquier caso,  todas ellas merecen mi respeto y consideración por realizar un trabajo que, siendo más fundamental que ningún otro, a menudo resulta ingrato y siempre poco valorado.

Esta breve historia que a continuación transcribo me llegó por correo electrónico hace casi dos años y la he querido rescatar en esta jornada de celebración para reivindicar la injustamente denostada figura del ama de casa.

  
Cierto día, una mujer llamada Ana fue a renovar su permiso de conducir.
Cuando le preguntaron cuál era su profesión, ella dudó. No sabía bien cómo clasificarse. El funcionario insistió: “Lo que le pregunto es si tiene  trabajo”. “¡Claro que tengo un trabajo!", exclamó Ana. "Soy madre." "Nosotros no consideramos eso un trabajo. Voy a colocar AMA DE CASA", dijo el funcionario fríamente. Una amiga suya, llamada Marta, supo lo ocurrido y se quedó pensando al respecto durante algún tiempo. Un día, ella se encontró en una situación idéntica. La persona que la atendió era una funcionaria de carrera segura y eficiente. El formulario parecía enorme, interminable. La primera pregunta fue: “¿Cuál es su ocupación?” Marta pensó un poco y, sin saber cómo, respondió: Soy Doctora en desarrollo infantil y juvenil y en relaciones humanas."
La funcionaria hizo una pausa y Marta tuvo que repetírselo lentamente, enfatizando las palabras más significativas. Después de tener anotado todo, la joven quiso indagar. "¿Puedo preguntar qué es lo que la señora hace exactamente?”. Sin un trazo de agitación en la voz, con mucha calma, Marta explicó: "Desarrollo un programa a largo plazo, dentro y fuera de casa." Pensando en su familia, ella continuó: “Soy responsable de un equipo y ya he recibido tres proyectos. Trabajo en régimen de dedicación exclusiva. La exigencia es de 16 horas por día, a veces hasta 24 horas.” A medida que ella iba describiendo sus responsabilidades, Marta notó el creciente tono de respeto en la voz de la funcionaria. Cuando regresó a su casa, Marta fue recibida por su equipo: una jovencita de 14 años, otra de 7 y un niño de 3. "Mamá, ¿dónde está mi zapato? Mamá, ¿me ayudas a hacer un lazo?  Mamá, ¿me puedes ir a buscar al colegio? Mamá, ¿vas a asistir mañana a mi baile? Mamá, ¿vas de compras? Mamá....”
Sentada en la cama, Marta pensó: “Si yo soy Doctora en desarrollo infantil y juvenil y en relaciones humanas, ¿qué serían las abuelas? Doctoras Ejecutivas. ¿Y las bisabuelas? Doctoras Ejecutivas Seniors. ¿Y las tías? Doctoras Asistentes. ¿Y todas las mujeres, madres, esposas, amigas y compañeras? Doctoras en el arte de hacer la vida mejor.

En un mundo donde se le da tanta importancia a los títulos y en el que se nos exige siempre una mayor especialización en el área profesional, convendría no olvidar dos verdades incontestables:

Una, que las conquistas laborales femeninas hunden sus raíces en las renuncias y los sacrificios de numerosas congéneres que nos precedieron.

Y dos, que mientras la mayor parte de las tareas domésticas sigan recayendo sobre el mismo lado, la pretendida conciliación familiar y laboral continuará siendo la gran estafa que todavía es.

domingo, 3 de marzo de 2013

LA TENTACIÓN DE COMPRAR LA VOLUNTAD DE LOS HIJOS


Artículo publicado en la revista de habla hispana "La Ruptura" el 5 de marzo de 2013




Recientemente han saltado a la palestra dos ejemplos muy mediáticos que ilustran una circunstancia más frecuente de lo que a simple vista pudiera parecer. Hablo de la solicitud de cambio de custodia de las hijas de Eugenia Martínez de Irujo y Francisco Rivera y de Rocío Carrasco y Antonio David Flores, respectivamente. Sin necesidad de recurrir a casos que afectan a personajes famosos, yo misma he atendido profesionalmente a personas que de la noche a la mañana se han encontrado con que sus ex parejas han conseguido comprar la voluntad de sus hijos adolescentes hasta el punto de hacerles abandonar al miembro a quien judicialmente se había atribuido la guarda y custodia.

En otras palabras, la llegada a la adolescencia de los hijos de divorciados propicia en aquéllos su deseo de solicitar el cambio de custodia, amparándose por regla general en las malas relaciones existentes con el progenitor custodio. Hasta la fecha, y como quiera que los jueces (muchas veces de forma injusta) la han concedido mayoritariamente a las madres, la pretensión de los jóvenes se ha centrado en irse a vivir con algunos padres, más proclives a satisfacer sus caprichos. A nadie se le escapa que el paso de la infancia a la juventud es una etapa muy conflictiva en lo tocante a la convivencia, habida cuenta que los chavales se resisten a determinadas normas e imposiciones. Adaptarse a unos horarios, limitarse a unos gastos, restringir el acceso a las redes sociales o prohibir determinadas conductas constituyen una fuente de conflictos en el seno familiar. Por ello, sería muy conveniente que, llegados a este punto, los adultos demostraran su condición de tales y evitaran estos métodos de manipulación que se traducen en victorias pírricas de dudosa conveniencia para el futuro de sus hijos.

En todo caso, ya desde un punto de vista objetivo, para que prospere la modificación de la atribución de la guarda y custodia han de cumplirse ciertos requisitos, entre ellos la incapacidad acreditada del progenitor custodio o la demostración de que su conducta resulte perjudicial para el menor. Dentro de este apartado podemos incluir el padecimiento de enfermedades nerviosas o la necesidad de tratamiento psiquiátrico. También puede esa falta de idoneidad sobrevenir por una concurrencia de circunstancias lesivas para los intereses y derechos del niño. Pero fundamentalmente será necesario el cumplimiento de un tercer requisito: que la situación derivada no sea más perjudicial para el menor que la situación existente (Principio del “favor filii”). Dicho de otra manera, que no se debe cambiar si hasta el momento ha dado buenos resultados. 

Asimismo, es requisito procesal, siempre que se estime necesario, oír a los menores que tengan suficiente juicio, ya sea de oficio o a petición del Ministerio Fiscal, de las partes, de los miembros del Equipo Técnico Judicial o del propio menor. En este sentido, el párrafo último del art. 770.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil permite al Juez, de forma excepcional, recabar el auxilio de especialistas en la exploración de la madurez psicológica.

Por último, y abundando en el tema objeto de este artículo, ha de valorarse la racionalidad de las pretensiones del menor, en el sentido de que no obedezcan a un mero capricho pasajero sino que respondan a una voluntad autónoma, firme y decidida que, aun así, no vincula al juzgador, quien no puede acordar una modificación de tanta trascendencia en base al mero deseo del joven y sin que concurran otras circunstancias objetivas.

Desde estas líneas apelo a reconsiderar esa tentación tan rechazable de comprar la voluntad de los hijos con dinero y prebendas. La experiencia profesional me dicta que, a medio y largo plazo, constituye un veneno para las relaciones paterno filiales.