Artículo publicado en la revista de habla hispana "La Ruptura" el 17 de septiembre de 2012
Cuando José Luis Rodríguez Zapatero todavía era Presidente del Gobierno de España,
mantuvo una reunión con el padre de la difunta adolescente Marta del Castillo en
el transcurso de la cual, el progenitor de la joven pidió la implantación de la cadena
perpetua y el cumplimiento íntegro de las penas impuestas para delitos sexuales
y agresiones contra menores. Aquel caso concreto se había venido a sumar a una
lista de horrendos crímenes con nombres y apellidos, como los de Sandra Palo y
Mari Luz Cortés, que habían generado gran alarma social, colocando al Tercer
Poder en el punto de mira de la indignación ciudadana.
El triste final de los hermanos Ruth y José Bretón, al parecer como consecuencia de la
venganza por un divorcio no aceptado por la parte paterna, ha venido a sumarse
a este siniestro catálogo que precisa de una respuesta acorde con su gravedad.
Por su fuerte repercusión mediática, estas cuestiones son tema frecuente de tertulias en los entornos familiar y laboral y la diversidad de opiniones es manifiesta. Uno
de los debates más recurrentes es el que tiene por objeto la conveniencia de la
aplicación bien de la pena de muerte, bien de la cadena perpetua. Algunas
personas se declaran firmes defensoras de la primera opción y argumentan los
beneficios de su implantación en el hecho de que sirve para disuadir a los
asesinos en potencia que, sabedores del futuro que les espera, se lo pensarán
dos veces antes de cometer una fechoría. Consideran, asimismo, que no es de
recibo dedicar un porcentaje de sus impuestos a mantener a semejantes sujetos
en unas prisiones, por otra parte, cada vez más modernas y confortables.
Sin embargo otros, entre quienes me incluyo, estamos absolutamente en contra de esta
medida. Mi principal razonamiento estriba en que ningún sistema penitenciario posee
atribuciones para decidir de manera justa e infalible quién debe vivir y quién
debe morir. Los derechos humanos, encabezados por el derecho a la vida, son
inalienables y nadie debe privarlos ni ser privado de ellos, pues su esencia consiste
en proteger a todos y cada uno de los ciudadanos, sean buenos o malos. De más
está explicar que esta postura no es en absoluto incompatible con la ineludible
exigencia de hacer justicia con las víctimas y, a la par, castigar con dureza a
los criminales.
Abundando en esta idea, el actual Ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón, ha
presentado esta misma semana el proyecto de reforma del Código Penal, que
introducirá por primera vez en la legislación española la figura de la prisión
permanente revisable. Se aplicará en los casos de terrorismo, de asesinatos de
menores de edad, de genocidio y de crímenes contra la humanidad. No obstante, se
echa de menos una modificación de la Ley del Menor a fin de castigar de una forma más adecuada la responsabilidad penal de los jóvenes autores de delitos tan terribles como los anteriormente citados de Sandra Palo o Marta del Castillo, que a la hora de su
comisión no alcanzan por escasos meses (en ocasiones, incluso días) la mayoría
de edad.
La prisión permanente revisable no supone –como afirman algunos- una contradicción
en sus términos. Aunque pueda traducirse en la permanencia del reo en una
cárcel de por vida, no tiene por qué ser necesariamente así, habida cuenta que
su régimen jurídico contempla la posibilidad, cumplidas determinadas
condiciones, de la obtención de beneficios penitenciarios tales como permisos,
régimen de tercer grado, libertad condicional y hasta plena. De hecho, el propio
Tribunal Constitucional, a tenor del art.15 de la Carta Magna, no considera que
se trate de una pena inhumana o degradante y su implantación - siempre y cuando se aplique con la garantía de los denominados juicios de revisión- no contradice ni la letra ni
el espíritu de la Norma Suprema, que en su artículo 25 refiere con claridad que
“las penas privativas de libertad estarán orientadas hacia la reeducación y
reinserción y no podrán consistir en trabajos forzados”.
Además, dicha pena tampoco sería desproporcionada en atención a los delitos a los que
iría aparejada, es decir, los atentados terroristas más graves, los asesinatos
múltiples o las agresiones sexuales reincidentes, por obra y gracia de unos
individuos que ni siquiera muestran un arrepentimiento verdadero.
Ya es hora de cambiar de escenario. Las gentes de bien están convencidas con toda la razón de que la justicia no es igual para todos y de que España es un paraíso para
los malhechores. Necesitan urgentemente recuperar la fe en aquéllos que deben velar
por su seguridad, llámense gobernantes, legisladores o jueces.
http://www.feriadeldivorcio.com/2012/09/17/a-favor-de-la-prision-permanente-revisable/
http://www.feriadeldivorcio.com/2012/09/17/a-favor-de-la-prision-permanente-revisable/
Dejemonos de bobadas. Hay que gente que no puede estar en libertad porque son un gran peligro para la sociedad y punto, psicopatas asesinos y similares. Es tan sencillo como eso. La prision permanente revisable es una de las pocas cosas buenas que ha hecho el PP y se la quieren echar abajo. En fin, el buenismo insensato de algunos y su poco conocimiento de la naturaleza humana y el silencio acomodado de la mayoria. (Luis M.Pousa)
ResponderEliminarMuchas gracias por su comentario, amable lector.
ResponderEliminarNo sé qué deriva le espera a la prisión permanente revisable pero, por lo que a mí respecta, sigo siendo firme defensora de ella y por las mismas razones que usted esgrime.
Un saludo muy cordial.
MYRIAM