domingo, 13 de marzo de 2011

MUJER AL VOLANTE, PELIGRO CONSTANTE (PERO MENOS)


Artículo publicado en "La Opinión de Tenerife" el 13 de marzo de 2011



Reconozco que en nuestra cotidianeidad sobran tópicos que, presumiblemente, reflejan las diferencias existentes entre hombres y mujeres. Títulos literarios como “Por qué los hombres no escuchan y las mujeres no entienden los mapas” o “Los hombres son de Marte y las mujeres de Venus” ilustran esta realidad, como mínimo, discutible. En mi caso particular, debido a que me gusta conducir y no lo hago del todo mal, llevo toda la vida escuchando el latiguillo permanente de “mujer al volante, peligro constante”. Permítanme, al menos, reclamar el beneficio de la duda, huir de las generalizaciones -en este ámbito como en tantos otros- y no entrar en polémicas estériles. 
Abundando en lo anterior, tengo delante de mis ojos una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de fecha 1 de marzo de 2011 que resuelve el recurso planteado por una asociación belga de consumidores contra una resolución del Tribunal Constitucional de su país. En ella, los jueces han declarado inválida la excepción prevista en una directiva asimismo europea que, en algunos casos, permite que el sexo del asegurado pueda ser considerado un factor de riesgo. En otras palabras, la UE prohíbe tener en cuenta el género de los automovilistas a la hora de contratar las primas, de tal manera que las conductoras pagarán el mismo importe que los varones. Se acabaron las pólizas de coches con precios distintos en función de que el contratante sea masculino o femenino. En consecuencia, a partir de 2013 las compañías de seguros deberán ofrecer coberturas unisex, privando de ventajas a las féminas en atención a su inferior nivel de accidentes. La Corte comunitaria entiende que diseñar productos en función del género es discriminatorio y atenta gravemente contra el principio de igualdad. En palabras de la comisaria europea de Justicia Viviane Reding, la no discriminación debe extenderse a todos los contratos de seguro, calificando la citada resolución judicial de “momento histórico para la igualdad de género”. Los cambios derivados de esta medida deberán ceñirse exclusivamente a una cuestión de buenas prácticas en la industria.
Otra federación española de consumidores ya he expresado su preocupación por la emisión de este fallo, ante la posibilidad de que el sector asegurador se aproveche abusivamente de una medida que, presuntamente, aspira a finiquitar una injusticia. Por consiguiente, reclamará a las autoridades que controlen la evolución de las tarifas con el fin de evitar movimientos indeseados al alza. Por su parte, los representantes del sector bajo sospecha se han apresurado a manifestar que ellos “no discriminan sino que, simplemente, diferencian”, ajustando sus precios a partir de un cálculo de probabilidad de riesgo basado en estadísticas objetivas que indican, sin lugar a dudas, que las mujeres presentan una menor siniestralidad. Explican que, de entrada, ellos desconocen si quienes acaban de obtener su carné conducirán mejor o peor, por lo que se apoyan en una comparativa de siniestros que coloca a los varones en el punto de mira.  Añaden que se conoce al conductor con el tiempo y que es entonces –no antes- cuando se bonifica o se penaliza su conducta al volante de manera individualizada, sea hombre o mujer.
No deja de resultar paradójico, como si de las dos caras de una misma moneda se tratara,  que los defectos que nos achacan a las conductoras - lentitud, escasez de reflejos, prudencia excesiva- sean, a su vez, las virtudes que nos ayudan a ganar la sangrienta batalla de la carretera.

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