miércoles, 20 de julio de 2011

LA OBJECIÓN DE CONCIENCIA, DE NUEVO EN EL OJO DEL HURACÁN

Artículo publicado en La Opinión de Tenerife el 20 de julio de 2011

 



La Organización Médica Colegial ha presentado esta semana un nuevo proyecto de Código Deontológico, que sustituye al vigente desde 1999 y que regulará por primera vez asuntos tan candentes como la objeción de conciencia en materias de aborto y de sedación en la agonía. Además, en este texto se condenará la participación de los facultativos en el controvertido asunto del dopaje deportivo. El doctor Juan José Rodríguez Sendín, en calidad de presidente de la OMC, explicó en rueda de prensa que este nuevo código consagrará como éticamente correctas tanto la citada sedación en las horas finales como la limitación del esfuerzo terapéutico, al mismo tiempo que rechazará la eutanasia cuya finalidad sea causar intencionadamente la muerte del paciente. En su articulado se expresa que los médicos tienen el deber de intentar la curación o la mejoría de los pacientes siempre que éstas sean posibles pero agrega que, cuando no lo sean, permanecerá la obligación de aplicar las medidas adecuadas para conseguir su bienestar, aun cuando de ello pudiera derivarse un acortamiento de la vida.

La Constitución Española en vigor regula explícitamente en su artículo 30.2 la figura de la objeción de conciencia con relación a los deberes militares, sin perjuicio de que el Tribunal Constitucional haya manifestado a través de numerosas sentencias que también se recoge de manera implícita en el artículo 16, donde se garantiza la libertad ideológica y religiosa. Los ámbitos en los que esta figura tiene cabida son diversos y exceden al del cumplimiento antaño obligatorio del servicio militar. Comparten la característica común de estar revestidos de una gran polémica y, junto a esa objeción que invocan los profesionales de la sanidad para negarse a practicar abortos,  eutanasias o manipulaciones genéticas, se sitúan los centrados en los ámbitos farmacéutico (no expedir preservativos o píldoras del día después) y educativo (no asistir a clase durante la impartición de la asignatura de Educación para la Ciudadanía, con cuyos contenidos éticos se está en desacuerdo).

Por lo tanto, no sería descabellado afirmar que, ante la negativa de cumplir un deber por darle preeminencia a la moral sobre la ley, de lo que en realidad estamos hablando es de contraponer la conciencia a un precepto oficial. La doctrina apunta tres elementos imprescindibles que dan forma a esta figura tan discutida. El primero es la existencia de una disposición jurídica injusta. El segundo, el rechazo voluntario del individuo a cumplir los contenidos impuestos por dicha norma. El tercero, la invocación de la propia conciencia individual para fundamentar dicha conducta.

Dentro de la tensión generada entre libertad personal y mandato estatal, el equilibrio cederá normalmente a favor de la primera en los concretos casos de conductas abstencionistas, es decir, las que comportan un no hacer. Llegados a este punto, no estaría de más recordar que la libertad de conciencia no es únicamente la que habilita al ser humano para escoger una determinada actitud filosófica o religiosa ante la vida sino que, además, incluye el derecho de adecuar su comportamiento a las propias convicciones, siempre y cuando no lesione ningún bien socialmente protegido. En definitiva, se trata de calibrar en qué medida el Estado debe ser respetuoso con las conciencias individuales sin limitar por ello su propia actuación, que tiene como finalidad primordial preservar el orden social.

Pero el sectarismo de determinados gobernantes les impulsa a creer que la objeción de conciencia, por mucho que esté inscrita en la Carta Europea de Derechos Fundamentales y en numerosos tratados internacionales suscritos por nuestro país, es un peligroso freno para los proyectos ideológicos que tratan de imponer cuando detentan el poder. Yo me niego a ser víctima del paternalismo ético de ciertos políticos que se empeñan en decidir qué es lo mejor para mí. No creo que sea mucho pedir que quienes con tanta insistencia nos piden el voto cada cuatro años limiten su campo de actuación a la esfera pública.


5 comentarios:

  1. La doctrina sobre la OC es clara. El problema, como usted señala, es que es una válvula de escapa que los totalitarismos deben eliminar. Verá usted como, cuando las leyes cambien, ya no son tantos quienes las consideran intocables saliendo a la calle y boicoteándolas. Y es que las leyes incuestionables solo son las de la izquierda. Tiempo al tiempo. http://www.objetores.org

    ResponderEliminar
  2. Estoy totalmente de acuerdo con usted y comparto su percepción sobre los totalitarismos. Al menos, tratemos de salvar la libertad individual en la medida de nuestras posibilidades.

    Gracias por su comentario y un saludo.

    ResponderEliminar
  3. El tema es complejo, pero discrepo de su punto de vista. Vd. concluye: `Yo me niego a ser víctima del paternalismo ético de ciertos políticos que se empeñan en decidir qué es lo mejor para mí . . ´ ¿Pero desde cuando en democracia las leyes son paternalistas o matriarcales o pecaminosas? Otra cosa son las dictaduras, con un Padre siempre velando por sus súbditos. Lo de la objeción de conciencia: No compare con la objeción al ex servicio militar obligatorio; no es lo mismo forzarte a ejercer `ciertos oficios´, que pueden chocar contra tu conciencia, que elegir libremente un oficio para luego no ejercerlo sino a medias . . , es decir, me niego a las labores incómodas en nombre de mi conciencia y sólo practicaré lo que mi moral individual me dicte, obviando a los afectados por mi negación; es decir, pasando de la sociedad y su ética predominante, y hecha ley, en un momento dado. Si eliges ser médico, deberás ser médico con todas sus consecuencias. Otra cosa es que te obligaran ¿al Servicio Médico Obligatorio? Y si eliges policía, ¿qué hará tu objetora conciencia ultrapacifista ante un atracador armado? ¿que se cepille a cuatro inocentes en nombre de tu conciencia? Busca otro oficio. ¿En nombre de tu ética médica tienes derecho a que los otros sufran tu Conciencia, estando además, los otros, amparados por la ley? Sobre la doctrina concluyes , tan campante: `Dentro de la tensión generada entre libertad personal y mandato estatal, el equilibrio cederá normalmente a favor de la primera en los concretos casos de conductas abstencionistas, es decir, las que comportan un no hacer´. Soy analfabeto jurídico, pero no incapacitado para preguntarte lo siguiente: ¿puede fastidiarse todo un colectivo tras someterse a la dictadura de las muy subjetivas conciencias individuales?

    A Myriam, que es jusrisa, y a Adminitrador: ¿Les gustaría ser juzgados por un juez que apelase a su conciencia en vez de al estricto procdimento marcado por la ley? Quién es el totalitario, el juez que obedece a su conciencia o el que se somete a la ley aunque no le guste a su conciencia, bonita sí, pero para su vida particular. Cuidado con la dictadura de unos pocos objetores (si fueran mayoría acabarían cambiando la ley; y bien) cuando repercute en toda una sociedad.

    ResponderEliminar
  4. Estimado lector:

    Gracias por sus comentarios a mis artículos.

    En esta ocasión, y como muy bien dice usted, el tema sobre el que doy mi opinión personal es complejo y, por lo tanto, se presta a discrepancias. Pero me parece deducir de su exposición que coincidimos plenamente a la hora de respetar las leyes y de huir de los totalitarismos.

    Un saludo

    ResponderEliminar
  5. ¿Cómo no vamos a estar de acuerdo en ser legales y antitotalitarios?; pero la gracia de este polémico asunto que usted plantea está en si es lícito o no incumplir una ley porque así se lo manda su “voz interior” o conciencia, dentro de un Estado democrático, claro, con todas sus imperfecciones. Pero, mmmhh, estimada Myriam, me da que se fue usted por las ramas en su atenta respuesta, que le agradezco de todas formas.
    Creo que el camino del Estado de Derecho, democrático y moderno, se orienta hacia la ley objetiva, dejando las costumbres, prejuicios, creencias, y “voz de la conciencia”, para el ámbito individual. Y la diferencia con el Estado totalitario es justamente que éste también quiere gobernar el ámbito individual, para lo que crea medios de vigilancia directos o de presión indirecta.
    Por citar un ej. de la izquierda totalitaria: Cuba, tan admirada cuando llegó el Comandante y mandó a parar (paró tanto que se atascó el frenomano), los Comités de de Defensa de la Revolución (CDR) son grupos de vigilancia y/o chivatazo vecinal, que están al loro de quién reza a la Virgen del Cobre u “opina incorrectamente de la Revolución”. No hace falta ni mucha policía (bueno, en Prensa Ibérica tenemos también, ¡sólo algunos días!, un vigilante de la ”opinión correcta”)

    Por eso me parece excesivo tipificar las leyes sobre delicados asuntos, como eutanasia o muerte sin dolor, o aborto, como totalitarias, en un Estado democrático.

    Bueno, de todas formas estoy atento a sus artículos por ser precisamente polémicos. Me gustó mucho uno sobre los excesos del feminismo. ¿Sus congéneres le tiraron muchos spam-tomates por eso? Un saludo.
    Soy el comentario 3

    ResponderEliminar